17 de junio de 2026

Justicia dominicana imputa por homicidio involuntario a dueños de la discoteca Jet Set

​Las autoridades judiciales de República Dominicana decidieron imputar por el delito de homicidio involuntario a los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, conocidos empresarios y propietarios de la famosa discoteca Jet Set en Santo Domingo.

La medida surge tras el trágico derrumbe de la estructura ocurrido en abril de 2025, un siniestro que enlutó al continente al dejar un saldo de 236 personas fallecidas y más de 180 heridos en medio de una presentación del reconocido merenguero Rubby Pérez.

El dictamen, emitido por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, eleva formalmente la causa a la fase de juicio de fondo, marcando una etapa crucial en el proceso penal.

Durante la audiencia, el magistrado optó por mantener la calificación jurídica propuesta por el Ministerio Público, desestimando la solicitud de los abogados acusadores y familiares de las víctimas, quienes exigían que el cargo fuera elevado a homicidio voluntario bajo el argumento de que los dueños del local operaban con pleno conocimiento del severo deterioro estructural que presentaba el inmueble.

​Como parte del dictamen, el tribunal ratificó las medidas cautelares y de coerción que ya pesaban sobre los hermanos Espaillat, las cuales contemplan el pago de una fianza económica, régimen de presentación periódica ante los tribunales y la estricta prohibición de salida del territorio dominicano.

Asimismo, con el fin de garantizar futuras indemnizaciones, el juez ordenó congelar e inmovilizar los bienes de los acusados por una suma que asciende hasta los 500 millones de pesos, equivalentes a unos 8,3 millones de dólares.

Tras conocerse el veredicto, el Movimiento Justicia Jet Set organización que nuclea a sobrevivientes y parientes de las víctimas del colapso emitió un comunicado oficial donde manifestaron su respeto hacia la institucionalidad del sistema judicial, aunque calificaron el fallo de insuficiente para esta altura del proceso.

El grupo civil cuestionó severamente el criterio del juez Mejía, quien alegó que los imputados no actuaron con la intención de causar la tragedia; ante esto, el movimiento defensor replicó que el homicidio voluntario con dolo eventual no exige una intención de matar directa, sino el hecho de haber ignorado un riesgo previsible y evitable, decidiendo continuar con el evento masivo a pesar del peligro inminente.

Con información de VTV
Foto Cortesía

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