El presidente de la Asamblea Nacional (AN), Jorge Rodríguez, informó que, desde este martes, el ente legislativo iniciará la segunda discusión de la Ley Orgánica en Defensa de la Guayana Esequiba.
Durante la notificación realizada al Jefe de Estado durante el inicio de sesiones del nuevo período legislativo 2024-2025, el presidente de la AN destacó los logros del Poder Legislativo obtenidos en años anteriores. Entre ellos resaltó el proceso intensivo de reconstrucción del Edificio Legislativo, las 74 leyes sancionadas. Además, de la escogencia de los rectores del Poder Electoral y convocatoria al referéndum consultivo sobre la Guayana Esequiba.
Asimismo, recordó las leyes que fueron aprobadas que acompañan los nuevos tiempos de la economía venezolana, la cual fue dañada por los diferentes bloqueos impuestos por Estados Unidos.
Período legislativo 2024-2025
Por otra parte, Rodríguez señaló que para el período legislativo 2024-2025, la Asamblea está totalmente dispuesta en formar parte y acompañar el proceso de recuperación del estado de bienestar ciudadana.
De esta manera, anunció que la AN tiene estructurado unas series de leyes para aprobar, que están relacionadas con la economía, el tema petrolero, la modernización de transacciones comerciales. También, una ley de inversión extranjera, reforma del código de comercio, una ley de exportaciones no petroleras, y la reforma ley de pesca y acuicultura, entre otras.
Además, Rodríguez informó que el Parlamento también hará la elección de los máximos representantes de los órganos del poder público que tienen sus cargos ya vencidos, como el Fiscal General, el Contralor y el Defensor del Pueblo.
Ley en Defensa de la Guayana Esequiba
Este proyecto consiste en cuatro capítulos los cuales son:
• Primer capítulo está destinado a regular las disposiciones fundamentales, destacando la declaratoria del carácter írrito del arbitraje de 1899. Así como la ratificación de la disposición histórica de Venezuela sobre la no jurisdicción de Corte Internacional de Justicia (CIJ).
• Segundo capítulo, aborda la creación del estado Guayana Esequiba. Incluyendo el ejercicio del Poder Público en esa entidad político-territorial. Además, contempla la creación del estado en el territorio venezolano como entidad autónoma, independiente y con patrimonio propio.
• Tercer capítulo, se trata de las medidas de protección de la Guayana Esequiba, se utilizará el uso político del mapa de Venezuela. Además, la declaratoria de documento histórico de la nación y recurso fundamental para el Estado, todo lo que guarde relación con información directa con el territorio Esequibo.
• Cuarto capítulo, incluye un régimen de disposiciones transitorias para el ejercicio del Poder Público, hasta tanto se alcancen acuerdos aceptables con Guyana. De esta manera, puedan realizarse procesos electorales en dicho territorio en concordancia con el Acuerdo de Ginebra.
Con información de Nota de Prensa
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