Colombia estableció nuevas medidas para acceder a visas colombianas a partir del mes de octubre, de acuerdo a la resolución 5477, creada recientemente por el Ministerio de Relaciones Exteriores de ese país.
El tiempo de estudio de las solicitudes será una de las nuevas implementaciones, anteriormente el estimado era de cinco días hábiles, ahora se extiende hasta 30 días.
“Una vez diligenciada completamente la solicitud, con el aporte de todos los documentos exigidos y cumplido el pago correspondiente por el estudio de la solicitud, la Autoridad de Visas e Inmigración tendrá hasta treinta (30) días calendario, para emitir el pronunciamiento”, señala el artículo 13 de la nueva resolución.
Asimismo, indica que “la Autoridad de Visas e Inmigración tendrá la potestad de solicitar documentación adicional y realizar entrevistas en los casos en que lo estime conveniente, con el fin de asegurar la veracidad de la actividad que ha desarrollado o aspira a desarrollar el extranjero en Colombia”.
Las personas que soliciten la visa de permanencia, deberán contar con un pasaporte con vigencia ‘mínima de seis meses’.
“Si el extranjero solicitante se encuentra en Colombia, deberá asegurarse de permanecer en estado migratorio regular, durante todo el tiempo que se prolongue el procesamiento de su solicitud, ya sea al amparo de una visa vigente, de un salvoconducto o de un permiso de permanencia” reseña la resolución.
Entre las alteraciones establecidas por el gobierno colombiano está la incorporación de nuevos requisitos para los venezolanos que viven en ese país, bajo el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) y desean obtener una visa de Residente Permanente (R).
La nueva normativa pide que deben “haber sido titular del documento Permiso Especial de Permanencia vigente durante 5 años, o documento que demuestre que ha sido titular de Permiso de Protección Temporal, PPT, vigente durante 5 años o haber completado 5 años de tiempo acumulado entre los dos anteriores”.
Con este documento el titular principal podrá solicitar visa para otros beneficiarios, sea el caso de cónyuges, compañero permanente, hijos menores de 25 años o mayores de 25 años con algún tipo de discapacidad que les impida tener independencia económica.
Con esta visa, tienen permiso abierto de trabajo y su titular puede realizar cualquier actividad lícita en territorio colombiano. Pierde vigencia cuando el titular se ausente, por más de dos años ininterrumpidos del país.
La misma tiene una vigencia de cinco años, por lo que su titular deberá renovarla una vez se venza.
Los venezolanos podrán presentar su solicitud para esta visa a partir del 1 de junio de 2023, a través de las plataformas del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia.
Otra novedad que tiene la resolución es que da vía libre a nuevas categorías de visa, como la Visa Nómadas Digitales, pensada para “prestar servicios de trabajo remoto o teletrabajo desde Colombia a través de medios digitales e Internet, exclusivamente para empresas extranjeras como independiente o vinculado laboralmente o para iniciar un emprendiendo de contenido digital o tecnologías de la información de interés para el país”. Esta tendrá una vigencia por dos años.
Otra es la Visa para el Fomento de la Internacionalización, la cual permitirá el desarrollo de “actividades productivas de innovación o investigación, orientadas a la adopción o adaptación de tecnologías que complementen o desarrollen productos, procesos o servicios que contribuyan a fortalecer la competitividad del país”. Esta es ideal, “para extranjeros con formación a nivel de maestría, doctorado o postdoctorado en ciencias básicas aplicándose o ingeniería o matemáticas y afines que se ajusten a las prioridades requeridas por el país en su plan de internacionalización”.
Con información de Nota de Prensa