17 de abril de 2025

Presidente Maduro decreta emergencia económica para defender la nación ante amenaza global (+ Decreto)

El presidente Nicolás Maduro, firmó Decreto de Emergencia Económica durante la activación del Motor Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías en el Poliedro de Caracas, esta medida, con una duración inicial de dos meses, permite al Ejecutivo Nacional implementar diversas políticas públicas para proteger la economía venezolana frente a lo que el mandatario calificó como una «amenaza global».

El decreto, que será remitido de inmediato a la Asamblea Nacional (AN) y a la Sala Constitucional, se fundamenta en los artículos 337, 338 y 339 de la Constitución Nacional.

En su contenido, el decreto presidencial expone que el mundo enfrenta una «guerra económica y comercial inédita», originada por la política arancelaria del Gobierno de Estados Unidos, lo que constituye una «clara violación del derecho internacional y las normas de comercio» y genera una «gran recesión mundial». Ante este escenario, se considera necesario adoptar medidas urgentes y extraordinarias para salvaguardar a todos los sectores productivos del país.

El documento subraya que las acciones a tomar para proteger al pueblo venezolano deben ser de «gran magnitud e impacto» en la economía nacional y de carácter estructural, con el fin de resguardar los derechos económicos, sociales, culturales y educativos.

El Artículo 1 del decreto declara el estado de emergencia económica en todo el territorio nacional, debido a las «circunstancias extraordinarias que afectan gravemente la economía del país, de la región y del mundo», con el objetivo de que el Ejecutivo Nacional adopte las regulaciones urgentes para preservar el equilibrio económico de la nación.

El Artículo 2 establece que, como consecuencia de esta declaratoria, el jefe de Estado podrá dictar todas las medidas que considere necesarias para garantizar el desarrollo y crecimiento económico. Esto incluye la potestad de dictar regulaciones excepcionales y transitorias para estabilizar la economía, suspender la aplicación y cobro de tributos para proteger el aparato productivo, establecer mecanismos para combatir la evasión fiscal y favorecer la producción nacional, promover la inversión nacional y extranjera, y autorizar contrataciones necesarias para restablecer derechos fundamentales y acceso a servicios esenciales.

El Artículo 3 dispone la suspensión de la garantía constitucional de la reserva legal en materia económica y financiera durante el estado de emergencia.

Finalmente, el Artículo 4 faculta al Presidente a dictar medidas de orden social, económico o político que considere pertinentes ante la situación extraordinaria. El mandatario nacional enfatizó que el objetivo central del decreto es resguardar los derechos del pueblo venezolano.

Los Poderes Públicos y la Fuerza Armada Nacional Bolivariana están llamados a colaborar en la implementación de estas medidas. El Decreto entrará en vigor tras su publicación en la Gaceta Oficial y tendrá una duración inicial de sesenta (60) días, prorrogables por el mismo período según lo establece la Constitución.

Descarga el Decreto en el siguiente enlace:

file:///C:/Users/NDP3/Downloads/Decreto%20de%20Emergencia%20econo%CC%81mica%202025.pdf

Con información de VTV

Foto Cortesía

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